¿Qué tiene que ver la psicología con los derechos humanos? Esta es una pregunta bastante curiosa y de difícil respuesta, ambos son campos de estudio extensos que explican dimensiones diferentes del ser humano. La psicología como ciencia estudia su comportamiento en infinidad de situaciones y contextos, mientras que los derechos humanos representan todo un conjunto normativo que protege a los sujetos por el simple hecho de ser humano.
Si vives en un lugar que consideras relativamente seguro, dónde las demandas de garantía de derechos se realiza en un marco de relativa fortaleza institucional, en un ambiente de alternancia democrática del poder, sin aparentes conflictos estructurales, podrías llegar a pensar que la violación de derechos humanos es algo de “otros países” (a pesar de que esta afirmación no es del todo objetiva ni correcta). Sin embargo en contextos dónde la violencia se ha convertido en una dinámica perenne que fuerza al ser humano a una constante adaptación y supervivencia, los derechos humanos cobran vida en un escenario diferente, de conflicto y pugna de derechos y libertades.
En ambos escenarios el trabajo del psicólogo es vital, dirigido a sobrellevar el sufrimiento y traducir el impacto que se genera en el ser humano bajo situaciones adversas o injustas. La psicología ofrece herramientas que permiten recobrar el equilibrio mental para afrontar multitud de situaciones. Busca colocar al sujeto en un estado que le permita retomar o fortalecer sus proyectos de vida.
El Derecho internacional de los derechos humanos frente al derecho internacional humanitario
Es importante diferenciar entre el derecho internacional de los derechos humanos (DIDH, lo que popularmente se llama “derechos humanos”) y el derecho internacional humanitario (DIH) ya que ambos representan contextos diferentes para el ejercicio profesional del psicólogo. En ambos casos nos referimos a la protección de la vida, la salud y la dignidad de las personas pero desde perspectivas diferentes. El DIDH está fundamentado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), y se nutre de los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos (1966) y Derechos Económicos Políticos, Sociales y Culturales (1966). Por tanto establece toda una estructura normativa que está incluida en un gran número de tratados, declaraciones y convenciones que deben aplicarse en momentos de paz, para garantizar el libre desarrollo de las personas desde una perspectiva individual entendiendo que “los derechos humanos se inventaron para promover la autonomía y la libertad del individuo, de la persona humana, frente al enorme poder centralizado en el estado moderno y frente a cualquier otra instancia de poder” (Hierro, 2014). En este sentido, los derechos humanos sirven como un espacio de protección a la libertad individual y los estados deben ofrecer la posibilidad de interponer recursos ante tribunales nacionales e internacionales para salvaguardarlos.
Por otro lado, el DIH está vinculado a contextos de guerra o de hostilidades, se refiere a todo el conjunto normativo que rige estas situaciones (estatutos de combatientes, uso de determinadas armas, prisioneros de guerra, protección de la cruz roja y media luna roja, entre otros) y está reglamentado en los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales. Las facciones beligerantes deben aplicar el DIH durante los tiempos de conflicto armado. La Corte Penal Internacional es la máxima instancia jurídica a la que debe responder las personas que hayan cometido crímenes de guerra; dicho tribunal admite casos de conflictos armados internacionales y no internacionales.
¿Y dónde entra el psicólogo?
Cuando hablamos del ejercicio profesional dentro del DIDH nos referimos a cualquier situación de la vida cotidiana sin necesidad de tener que indicar expresamente su vinculación a los derechos humanos, siempre que se mantenga dentro de unos márgenes éticos, cuando hablamos de derechos civiles y políticos nos referimos a la protección frente a la discriminación de cualquier tipo, libertad de creencias, prensa, asociación y reunión. Mientras que los derechos económicos, sociales y culturales se refiere a aspectos laborales, de seguridad social, salud, educación y participación en la vida cultural.
Podríamos decir que no altera el ejercicio profesional tradicional del psicólogo (entendido dentro de las cuatros grandes áreas de acción, a saber: clínica, educativa, organizacional y social), ya que este marco normativo no exige un trabajo particular de la profesión. En todo caso se vincula más al ejercicio de sensibilización y protección de los derechos de los individuos. También se pueden encontrar casos que deriven de una violación específica de derechos y que requieran algún tipo de intervención directa del psicólogo, bien sea mediante acciones clínicas o de carácter social-comunitario.
En el caso del DIH encontramos que el papel del psicólogo cobra mayor importancia, ya que la guerra exige unas demandas concretas. De la Corte (2004) afirma que “en la guerra muchas personas pierden sus referentes habituales y sienten como fracasos sus anteriores proyectos vitales, sus relaciones se deshumanizan y sufren especialmente dificultades para mantener la estabilidad emocional y psicológica”, esto coloca al sujeto en una situación de indefensión, como un agente pasivo ante la agresión que está recibiendo, lo que puede desencadenar diferentes trastornos mentales. Es importante comprender que esta perspectiva no necesariamente sigue unos patrones patológicos, en cuanto a que las situaciones que desencadenan la afección psicológica son de carácter externo e inducidos a consecuencia del conflicto bélico.
El psicólogo puede ejercer su trabajo en diferentes campos, desde una perspectiva clínica, centrado en la intervención individual o colectiva con el objetivo de atender tanto a víctimas como victimarios, ofreciendo la posibilidad de reconstruir los proyectos de vida afectados por la violencia; o mediante la elaboración de proyectos de reconstrucción del tejido social centrados en una intervención de carácter psicosocial, que considere tanto las afecciones individuales como las familiares y comunitarias.
Así como en el proceso reflexivo propio de la investigación, que busca explorar fenómenos diversos y complejos inmersos en las dinámicas de la violencia, el papel del psicólogo no se limita a la actuación en zonas de conflicto. Va más allá, se relaciona con el trabajo que se desarrolla en los países de acogida a las víctimas, así como en la organización de colectivos inmigrantes que buscan sensibilizar sobre la situación presente en sus países. De esta forma, se hace evidente la clara vinculación de la psicología con los derechos humanos, ambos son objetos de estudio diversos y amplios que pueden retroalimentarse, en un juego donde el cuestionamiento a veces abstracto y técnico del derecho trasciende a la realidad pragmática del fenómeno en cuestión.
Bibliografía
Aguilera, T.A. (2012). Compromiso ético y político del psicólogo colombiano de cara a la política pública de atención psicosocial a víctimas del conflicto armado. Revista electrónica de Psicología Social “Poiésis”, N· 24.
Comité Internacional de la Cruz Roja, (2003). Derecho internacional humanitario y derecho internacional de los derechos humanos. Analogías y diferencias. Servicio de Asesoramiento en derecho internacional humanitario. Ginebra, Suiza.
De la Corte, L y Blanco, A (2004). Psicología y derechos humanos.Madrid: Icaria Editorial.
Hierro, Liborio (2014) Autonomía y derechos humanos: ¿Para qué se inventaron los derechos humanos?. En Hierro, Liborio (Coord.), Autonomía individual frente a autonomía colectiva. Derechos en conflicto (pp. 27-52). Madrid, España: Marcial Pons.
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Hoy en dia a todo lo toman como enfermedad mental en lugar de ver en realidad los tipos de enfermedades que existen
A nivel mundial existe un fenómeno llamado “medicalización” o “patologización”, relacionado con el hecho de considerar aspectos de la vida cotidiana como problemas de salud que requieren de intervención.
En el caso de los traumas sufridos por situaciones que vulneren los derechos humanos el espectro de afectaciones es muy amplio y está íntimamente relacionado con las interpretaciones que el sujeto haga. Esto quiere decir que ante un mismo fenómeno (por ejemplo; desplazamiento forzado) las personas pueden comportarse de forma distintas (ser resiliente, resignificar la situación y seguir adelante, o caer en depresión y no querer seguir luchando). La violación a sus derechos es la misma, cambia las formas de adaptarse y afrontar su situación.
A diferencia de este fenómeno de “medicalización” o “patologización” las violaciones a los derechos humanos sobrepasa una situación de la “vida cotidiana”, es algo que no debería suceder. En estos casos las formas de intervención son distintas; primeros auxilios psicológicos, estrategias de contención, elaboración de duelo, etc.
¿A qué y desde donde responde el saber psicológico cuando trata víctimas de violaciones de derechos humanos? Qué se busca en la clínica ¿Reinstalar a la persona en el quehacer cotidiano? ¿Que vuelva a trabajar, que supere lo vivido y que no se cuestione todas las implicaciones socio-históricas que permitieron la violación de sus derechos?¿Somos sólo una herramienta para permitir que la persona recobre el equilibro mental y que así pueda continuar su proyecto de vida? ¿Ese es el papel de la o el psicólogo? ¿Desde que concepción ética partimos? ¿Una ética de “calla y anda”? ¿Sólo se trabaja la atenuación de los síntomas? Parece ser una clínica no crítica y no comprometida con el surgimiento de lo político. Parece ser una clínica soez, ordinaria.
Interesantes planteamientos los que colocas. Es difícil dar una respuesta única, requerirían varios posts. La psicología como ciencia social se nutre de paradigmas positivistas que buscan a través de un método científico dar respuesta a la realidad, sin embargo, es muy complejo predecir el gran número de variables presentes en las interacciones humanas; por tanto mi respuesta puede ser refutada por colegas que aborden marcos epistémicos distintos y en dicho caso, ambas afirmaciones serían válidas.
En mi opinión, en saber psicológico sí busca apoyar a las víctimas en restablecimiento del equilibrio mental individual y social, pero esto no implica un “calla y anda”, tampoco una resiliencia perenne. Los sucesos vividos adquieren diferentes significados para las personas que lo sufren, cambia sus marcos de referencia. Por ejemplo algunas de las “madres de Soacha” (Colombia), se convirtieron en aguerridas defensoras de derechos humanos, lo vivido las transformó y sus proyectos de vida se dedicaron a procesos de restauración de la memoria de sus hijos encaminadas a la no repetición y la constante denuncia al estado, es un trabajo extenuante y requiere de cierto equilibrio mental para llevarlo a cabo. Otras madres en situaciones similares elaboran los sucesos de formas distintas, intentando continuar con su estilo de vida o entrando en cuadros depresivos severos. Todas las opciones son válidas, no podemos juzgar la intensidad con la que cada ser humano vive e interpreta un hecho traumático.
El papel del/la profesional en psicología debe adaptarse a cada caso, puede ser tanto individual como colectivo, normalmente encaminado a que las víctimas integren la situación vivida y reelaboren sus proyectos de vida, no se trata de “olvidar lo sucedido”, sino de darle sentido en el presente. Las herramientas para hacerlo pueden ser muy variadas y no son exclusivas del “profesional” en psicología, hay multitud de ejemplos de trabajos comunitarios y etnopsicológicos en la elaboración de traumas y duelos que van más allá de la acción directa del / la profesional. Encontramos concepciones clásicas de consulta psicológica particular hasta procesos grupales como las constelaciones/configuraciones familiares. Algunas pueden centrarse en síntomas concretos, otras en proyectos de vida más complejos que no necesariamente aborden cuestiones patológicas.
Hola mi nombre es oscar martinez actualmente soy estudiante de psicología 7 semestre y quisiera saber un poco mas sobre la psicología dentro de los DHI, te agradezco la información ya que es de gran ayuda para mi formación personal y académica.
Cómo Psicólogos como podemos posicionar la protección, el respeto y la reparación en materia de Derechos Humanos desde el ámbito de la psicología jurídica?.