En diciembre de 2013, la Unión Europea recibió el Premio Nobel de la Paz por su labor en la consecución de la democracia y la promoción y defensa de los derechos humanos, tanto dentro como fuera de sus fronteras. Son, por tanto, la democracia y los derechos humanos sus pilares elementales, las raíces que sustentan el edificio comunitario que hoy comienza lentamente a resquebrajarse hacia fuera y hacia dentro.
Hacia fuera, por la incapacidad de hacer frente a la peor crisis migratoria que ha afectado a Europa en años y, hacia dentro, por el yihadismo en su vertiente destructiva.
La UE no está siendo capaz de cobijar a los ciudadanos sirios que están huyendo del terror y que buscan refugio en una casa segura que les está cerrando las puertas. Una casa que está dejando de ser segura, al ser continuamente golpeada por el terrorismo islamista, que recientemente ha hecho estragos también en Bruselas.
Un año después de que se otorgara el galardón de la paz más importante a la UE, reflexioné en este mismo foro (1) sobre si este premio era merecido o no, llegando a la conclusión de que sí, por lo mucho que se había avanzado en la consecución de libertades, derechos y democracia tras la Segunda Guerra Mundial. Ya en ese momento la crisis económica estaba creando fisuras en el sueño europeo, ahora convertido en pesadilla.
Desgraciadamente, a día de hoy hay que plantearse si ese premio debe concederse de forma perpetua y seguir permaneciendo en la vitrina de méritos europeos.
Precisamente sobre la perpetuidad y la paz, trata la obra de Immanuel Kant, filósofo alemán que en 1975 publicó su obra célebre Sobre la Paz perpetua (2). El filósofo resume su propuesta del siguiente modo: “Buscad ante todo acercaros al ideal de la razón práctica y a su justicia; el fin que os proponéis –la paz perpetua– se os dará por añadidura” (3).
También sobre la paz, aunque ya en el siglo XX, Martin Luther King escribió desde la prisión, en su Carta de Birmingham, que “la verdadera paz no es simplemente la ausencia de tensión: es la presencia de justicia”, añadiendo que “la injusticia en cualquier parte es una amenaza para la justicia en todas partes” (4).
Podríamos afirmar que ninguno de estos mensajes, reconvertidos en máximas inspiradoras de valores universales como la paz y la justicia, se están aplicando actualmente en el manejo del drama migratorio que asola a la UE. No sólo no se está gestionando adecuadamente una situación verdaderamente injusta e inhumana, sino que el acuerdo alcanzado entre los jefes de Estado y de gobierno de la UE y Turquía, supone traspasar el problema a cambio de prebendas de dudosa licitud, entre las que se encuentra la de acelerar su entrada en el club comunitario.
Entre otros puntos, en dicho acuerdo se establece que todas las personas que entren en la Unión Europea “de forma irregular” a través de Turquía, sean estas refugiadas o inmigrantes, serán devueltas a dicho país, sin distinción. A cambio, por cada sirio readmitido por Turquía, otro será reasentado en la UE (es decir se trasladará a un refugiado sirio que se encuentre en Turquía hacia la UE, con la posibilidad de obtener el asilo a largo plazo).
Este controvertido acuerdo, torna necesario que recordemos a los gobernantes comunitarios la obligación de cumplir con el Derecho Internacional y, fundamentalmente, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 14 establece:
“En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país”.
En la misma línea, es necesario que sea recordado lo estipulado por la Convención de Ginebra sobre el Estatuto del Refugiado en su Artículo 33 acerca de La prohibición de expulsión y de devolución (el denominado “non refoulement”) que dice lo siguiente:
“1. Ningún Estado Contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de los territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas.”
Asimismo, el Derecho Comunitario establece en el artículo 18 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, la forma europea de concebir el Derecho de asilo:
“Se garantiza el derecho de asilo dentro del respeto de las normas de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 y del Protocolo de 31 de enero de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados y de conformidad con el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea”.
Y es más, el Artículo 19 de la misma Carta, establece la Protección en caso de devolución, expulsión y extradición:
“1. Se prohíben las expulsiones colectivas.”
Por tanto, lo que está sucediendo es una vulneración en toda regla de los principios más elementales del derecho internacional humanitario y de la Unión Europea. La UE, cada vez más desbordada, es incapaz de liderar eficazmente políticas acertadas o de lograr acuerdos sólidos en materia migratoria o de terrorismo.
Volviendo a Kant, el autor proclama en su obra: “reine la justicia y húndanse todos los bribones que hay en el mundo (fiat iustitia, pereat mundus)” (5), lo cual aplicado al caos migratorio podría interpretarse como un llamamiento urgente a actuar contra las mafias que trafican despiadadamente con seres humanos vulnerables e indefensos y a combatir de manera urgente a la lacra del terrorismo islamista con medidas eficaces, a través de la activación de los mecanismos pertinentes de la Europol y otros similares de cooperación internacional.
Estos acontecimientos globales de guerra y terrorismo, han provocado que la crisis económica europea se convierta también en una crisis humanitaria y una amenaza para la paz y seguridad mundiales. Los Estados, conjuntamente con las grandes organizaciones y líderes mundiales que abanderan la salvaguarda de vidas humanas, tienen la obligación jurídica y moral de poner remedio a esta catástrofe mundial.
Respecto a la crisis migratoria, no se puede poner diques al campo, ni vallas al mar. O quizás sea al revés, como este mundo, que según Eduardo Galeano está patas arriba y “se divide, sobre todo, entre indignos e indignados, y ya sabrá cada quien de qué lado quiere o puede estar”.
Yo elijo estar indignada con el hecho de que haya 4.8 millones de refugiados sirios en búsqueda de un futuro mejor y otros 6.6 de desplazados en el interior de Siria que merecen una solución que proteja sus derechos humanos más elementales y la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran. Y, frente a los indignos terroristas islamistas exijo a los dirigentes la diligencia debida: medidas de protección y control. Es por tanto necesario reforzar la casi inexistente unión política de la Unión Europea.
Siria es ya desde hace tiempo un Estado fallido. Lo que no puede permitirse la Unión Europea ahora es encontrarse en estado fallido.
A cinco años de estallar la guerra civil siria, y a pocos días después de firmar un acuerdo vergonzoso con Turquía, es momento de reflexionar si el Nobel de la Paz concedido a la Unión Europea es realmente merecido.
Dicho premio, sólo podrá exhibirse dignamente en la vitrina europea cuando se establezcan repartos equitativos de personas refugiadas y campamentos en los Estados Miembros y cuando se permita ejercer el derecho de asilo a los miles de refugiados que golpean las puertas de Europa.
Sólo cuando se consiga cumplir con lo anteriormente expuesto, llegará el momento en que el Nobel del la Paz recibido por la Unión Europea en 2013 podrá considerarse perpetuo. Ya reflexionó Kant hace más de dos siglos sobre esto: “.
Notas
(1) Enlace al artículo mencionado.
(2) KANT, Immanuel; Sobre la paz perpetua, Editorial Tecnos (Grupo Anaya,S.A) 2002
(3) Ibid, Apéndice I, pág. 56
(4) http://www.africa.upenn.edu/Articles_Gen/Letter_Birmingham.html
(5) Paz perp. Apéndice I, pág. 57.
(6) Paz perp. Pág. 30.